Casación No. 194-2016

Sentencia del 04/01/2017

“… se advierte que efectivamente, la Sala no tomó en cuenta para resolver la controversia, los dos documentos descritos en párrafos anteriores (…) consistentes en: a) declaración jurada anual y recibo de pago del impuesto sobre la renta, en mención, y b) certificación contable del folio ciento cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta y nueve (158669) del Libro Mayor General de la entidad contribuyente (…) Luego del análisis de las pruebas relacionadas en los incisos a y b del párrafo precedente, puede arribarse a la conclusión de que la entidad contribuyente incluyó en la declaración jurada anual del impuesto sobre la renta, correspondiente al año dos mil nueve, en la casilla de reserva para cuentas incobrables, un monto que excede del tres por ciento de la cuenta de documentos y cuentas por cobrar, por lo que no cumple con lo establecido en el artículo 38 inciso q) de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; en virtud de ello, se configura el error de hecho en la apreciación de la prueba, y de esa cuenta, debe casarse la sentencia impugnada …”